La Gerencia de Urbanismo de Sevilla obliga a los bares con veladores de numerosas calles del centro a la retirada de todos los elementos de la terraza antes del paso de cofradías. Así se ha establecido en el decreto elaborado por el servicio de ordenanza de la vía pública de la Gerencia de Urbanismo de cara a la próxima Semana Santa. El organismo, en varias reuniones mantenidas con el CECOP (Centro de Coordinación Operativa) y las asociaciones empresariales, ha concluido en la obligación de la retirada de todos los elementos que conforman la terraza con una hora de antelación a la llegada de la cruz de guía. No obstante, los bares podrán volver a instalar los veladores tras el paso de la cofradía.
Además, la resolución establece en todos los casos la prohibición de instalar elementos de apoyo y auxiliares, lo que incluye toneles, barras adosadas
a la fachada, cartelerías, berras de servicio, etc. Elementos que no podrán instalarse en ningún caso.
La ordenanza recuerda, además, que sólo en el perímetro de la terraza estará autorizado el consumo en el exterior de los establecimientos y que todas estas medidas están sujetas a las que puedan establecer los cuerpos de seguridad atendiendo a razones de seguridad e interés general (ver abajo listado de calles afectadas)
Qué es una ordenanza municipal y a quién obliga
Las ordenanzas municipales son actos administrativos de alcance general elaboradas por los Ayuntamientos en el ámbito de sus competencias. Son disposiciones de rango inferior a ley, por lo que no pueden contener preceptos opuestos a leyes o disposiciones generales.
Las ordenanzas municipales, bien directamente o a través de sus actos de aplicación en forma de licencias, sanciones, etc., deben garantizar los derechos de los ciudadanos y empresas. Cualquier limitación que impongan las mordenancias municpiales debe estar suficientemente motivada.
SE DISTINGUEN DIFERENTES TIPOS DE ORDENANZAS MUNICIPALES:
– Ordenanzas de policía: incorporan las normas encaminadas a regular la policía urbana y rural.
– Ordenanzas de construcción y planes de urbanismos: contienen las normas sobre alineaciones, rasantes, voladizos, patios, alturas… todas las premisas relacionadas con la higiene, seguridad comodidad, estética y ornato. Su regulación y contenido se recoge en la legislación urbanística.
– Ordenanzas fiscales: ordenanzas en el marco de la Ley de Haciendas Locales.
Al amparo de esta competencia, las corporaciones locales tienen la potestad de tipificar las conductas infractoras y de sancionarlas.
REQUISITOS DE LAS ORDENANZAS MUNICIPALES
Como hemos adelantado, cualquier limitación que imponga una ordenanza municipal debe estar suficientemente motivada. Este es uno de los requisitos fundamentales que debe cumplir. Pero, además debe tenerse en cuenta que, una vez aprobada, para ser eficaz debe:
- Estar publicada de forma íntegra en BOP (Boletín Oficial de la Provincia).
- Haber transcurrido el periodo de vacatio legis. En este caso de quince días desde que el Estado o Comunidad autónoma haya recibido la comunicación del acuerpo aprobatorio.
Para más información sobre las limitaciones impuestas por esta ordenanza u otros asuntos relacionados con ordenanzas de la Gerencia de Urbanismo de Sevilla, pueden contactar con Bufete Pérez Marín aquí. Recordamos que somos especialistas en Derecho administrativo y Urbanismo.
Calles de Sevilla objeto de la obligación de retirada de veladores antes del paso de cofradías:
– Reyes Católicos
– San Pablo
– Cuesta del Rosario
– Plaza de la Pescadería
– Villegas
– Francos
– Placentines
– Conteros
– Argote de Molina (tramo entre Placentines y Alemanes)
– Avenida de la Constitución
– Santander
– Tomás de Ibarra
– Almirantazgo
– Castelar
– Puerta de Jerez
– San Gregorio
– Santo Tomás
– Plaza de la Contratación
– Arfe
– San Diego
– Jimios
– Gamazo
– Barcelona
– Plaza del Duque
– Trajano
– Plaza de la Gavidia
– Plaza de San Lorenzo
– Angostillo
– Daoiz
– José Gestoso
– Correduría
– Feria (tramo entre Peris Mencheta y Correduría)
– Plaza Cristo de Burgos
– Almirante Apodaca
– Jesús de las Tres Caídas
– Luchana
– Joaquín Guichot