El Texto Refundido de la Ley de Aguas, en su artículo 43.1 regula la posibilidad de que en los planes hidrológicos de cuenca se puedan hacer reservas de agua para riego. Y el Estado, por Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir, en su artículo 19. C), reguló una reserva de 20 hm3 para nuevas concesiones de aguas regeneradas.
PEREZ MARIN ABOGADOS conocedor de la posibilidad de transformar en riego grandes extensiones de tierra al amparo de la referida norma, analizó exhaustivamente las bases del concurso para el reparto de la reserva de 20 hm3 y propuso la constitución de numerosas comunidades de regantes en diversas localidades bañadas por la cuenca del Guadalquivir. Fruto de ese trabajo, ahora, tras 6 años de gestión llevada a cabo en colaboración con la Ingeniería Wats, comprueba con satisfacción como CHG está resolviendo favorablemente todas las concesiones cuya gestión nos ha sido encomendada. Ya sólo queda ejecutar las obras,- muchas de ellas han sido subvencionadas con fondos FEADER-, para ver hecha realidad aquel proyecto de transformación en riego que comenzó en el año 2017.
Tal ha sido el éxito de gestión, que Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, en su nuevo Plan Hidrológico, aprobado recientemente por Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, ha regulado en el artículo 23.2 otra reserva de 20 hm3 para nuevas concesiones de aguas regeneradas. En PEREZ MARIN ABOGADOS, estamos a la espera de que la Junta de Gobierno de CHG apruebe las bases del concurso para, con la experiencia acumulada de 6 años de trabajo exitoso, proponer la constitución de nuevas comunidades de regantes en todas aquellas localidades bañadas por la cuenca del Guadalquivir que aún tengan disponibilidad de agua en sus EDARES (Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales).
FDO: Juan Luis Pérez-Marín Benítez