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DERECHO URBANÍSTICO: LOS RETOS DE LA DISCIPLINA EN ANDALUCÍA ANTE UNA NUEVA LEY

El derecho urbanístico tiene una importante cita estos días en Fundación Cajasol de Sevilla, donde se están celebrando las IV Jornadas de la Asociación de Inspectores de la OTUV (Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda) de la Junta de Andalucía.

En el marco de una nueva Ley urbanística para Andalucía, estas

jornadas sobre “Los retos de la disciplina en Andalucía ante una nueva Ley” suponen la oportunidad de reflexionar sobre la evolución de la legislación urbanística.

En la primera sesión celebrada ayer, se analizaron los principales tipos de infracciones urbanísticas y su distribución espacial. Se trataron las principales novedades incluidas en el anteproyecto de Ley y se realizó un balance sobre la evolución de la legislación en la materia, así como sobre las mayores dificultades a las que se han enfrentado los agentes públicos encargados de velar por el cumplimiento de la legalidad.

En Bufete Pérez Marín, como especialistas en Derecho urbanístico, seguimos muy pendientes el desarrollo de las jornadas.

Programa Jornadas «Los retos de la disciplina en Andalucía ante una nueva Ley»

Lunes 2 de abril de 2018

17:00 Inauguración de las jornadas. D. José Luís Hernández Garijo, Viceconsejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Junta de Andalucía.

Dña. Luisa Teresa Chamizo Calvo, Presidenta de la AIOTUV.

17:15 “Tipología de infracciones urbanísticas y su distribución espacial”, D. Manuel Rodolfo Alonso Lorenzo, Inspector de OTUV. Junta de Andalucía.

17:30 “La Inspección Urbanística Autonómica: de la LOUA a la LUSA”, Dña. Gloria Isabel Miranda Hernández, Coordinadora. Inspectora de OTUV. Junta de Andalucía

18:45 “La Disciplina Urbanística en Andalucía ante una nueva Ley: panorama global”, D. Manuel Rebollo Puig- Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Córdoba.

19:30 Mesa redonda. Modera: Dña. Luisa Teresa Chamizo Calvo.

Martes 3 de abril de 2018

10:00 Presentación. D. Rafael Márquez Berral, Secretario General de Ordenación del Territorio y Sostenibilidad Urbana. Junta de Andalucía.

Dña. Eva Gamero Ruíz, Secretaria de la AIOTUV.

10:15 “Una visión global de Derecho Comparado en Europa”, D. Martín Bassols Coma, Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Alcalá de Henares.

11:30 “El caso particular anglosajón”, Dña. Judith Gifreu Font- Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Universidad Autónoma de Barcelona.

12:15 “La regulación del suelo rústico en la Ley para un Urbanismo Sostenible en Andalucía”, D. José Andrés Moreno Gaviño, Jefe de Servicio. Dirección General de Urbanismo. Junta de Andalucía.

13:00 Mesa redonda. Modera: Dña. Eva Gamero Ruíz

17:00 Presentación. Dña. María del Carmen Compagni Morales- Vicepresidenta de la AIOTUV.

17:15 “Efectos de la anulación de los instrumentos de planeamiento”, D. Daniel Fernández Navarro- Abogado. Consejero en CUATRECASAS.

18:30 “Aspectos registrales de la Disciplina Urbanística ante la nueva Ley”, D. Eduardo Fernández Galviz, Registrador de la Propiedad.

19:15 Mesa redonda. Modera: Dña. María del Carmen Compagni Morales.

LA JUNTA DE ANDALUCÍA APOYA UN CAMBIO LEGAL PARA GARANTIZAR EL ACCESO A LOS SERVICIOS BÁSICOS A LAS VIVIENDAS EN PROCESOS DE REGULARIZACIÓN

El Consejo de Gobierno de la Junta ha manifestado su apoyo a la propuesta de Ley, suscrita por todos los grupos parlamentarios, para garantizar el acceso provisional a los servicios básicos en viviendas en procesos de regularización.

La medida, que se refiere a viviendas de primera residencia en asentamientos con ordenación sin proyecto de urbanización, asegura medidas provisionales de habitabilidad para estas viviendas. Medidas que serán aplicables en el período de tramitación

de dicho proyecto de urbanización.

Estas viviendas fueron incorporadas legalmente al proceso urbanístico de los municipios mediante una reforma legal de 2016. Esta reforma posibilitó la incorporación de este tipo de viviendas al proceso urbanístico de los municipios, pero no contempló el acceso a los suministros básicos de agua, electricidad y saneamiento, que sí se aplicó entonces a las edificaciones aisladas situadas en suelo no urbanizable y susceptibles de regularización.

Al extender ahora esta posibilidad a los asentamientos, en las mismas condiciones y plazos, se asegura la igualdad de derechos de todos los propietarios y se concede seguridad jurídica a quienes poseen este tipo de viviendas.

Las normas aplicables a estos procesos se recogen en la Ley 1/2016, de modificación de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), que contará tras la reforma con un nuevo apartado que autorice a los municipios a conceder el acceso a los suministros a las viviendas en asentamientos incorporadas al proceso urbanístico. Para ello los municipios deberán contar con el planeamiento de desarrollo aprobado.

Requisitos que deben cumplir las viviendas en asentamientos para acceder a suministros

Los propietarios de las viviendas deberán cumplir además el requisito de contar con un mínimo de seis años de antigüedad, no estar situadas en zonas inundables o de especial protección, ni afectadas por expedientes administrativos de protección de la legalidad urbanística.

LA GERENCIA DE URBANISMO DE SEVILLA OBLIGA A LA RETIRADA DE VELADORES UNA HORA ANTES DEL PASO DE COFRADÍAS

La Gerencia de Urbanismo de Sevilla obliga a los bares con veladores de numerosas calles del centro a la retirada de todos los elementos de la terraza antes del paso de cofradías. Así se ha establecido en el decreto elaborado por el servicio de ordenanza de la vía pública de la Gerencia de Urbanismo de cara a la próxima Semana Santa. El organismo, en varias reuniones mantenidas con el CECOP (Centro de Coordinación Operativa) y las asociaciones empresariales, ha concluido en la obligación de la retirada de todos los elementos que conforman la terraza con una hora de antelación a la llegada de la cruz de guía. No obstante, los bares podrán volver a instalar los veladores tras el paso de la cofradía.

Además, la resolución establece en todos los casos la prohibición de instalar elementos de apoyo y auxiliares, lo que incluye toneles, barras adosadas

a la fachada, cartelerías, berras de servicio, etc. Elementos que no podrán instalarse en ningún caso.

La ordenanza recuerda, además, que sólo en el perímetro de la terraza estará autorizado el consumo en el exterior de los establecimientos y que todas estas medidas están sujetas a las que puedan establecer los cuerpos de seguridad atendiendo a razones de seguridad e interés general (ver abajo listado de calles afectadas)

Qué es una ordenanza municipal y a quién obliga

Las ordenanzas municipales son actos administrativos de alcance general elaboradas por los Ayuntamientos en el ámbito de sus competencias. Son disposiciones de rango inferior a ley, por lo que no pueden contener preceptos opuestos a leyes o disposiciones generales.

Las ordenanzas municipales, bien directamente o a través de sus actos de aplicación en forma de licencias, sanciones, etc., deben garantizar los derechos de los ciudadanos y empresas. Cualquier limitación que impongan las mordenancias municpiales debe estar suficientemente motivada.

SE DISTINGUEN DIFERENTES TIPOS DE ORDENANZAS MUNICIPALES:

–    Ordenanzas de policía: incorporan las normas encaminadas a regular la policía urbana y rural.

–   Ordenanzas de construcción y planes de urbanismos: contienen las normas sobre alineaciones, rasantes, voladizos, patios, alturas… todas las premisas relacionadas con la higiene, seguridad comodidad, estética y ornato.  Su regulación y contenido se recoge en la legislación urbanística.

–    Ordenanzas fiscales: ordenanzas en el marco de la Ley de Haciendas Locales.

Al amparo de esta competencia, las corporaciones locales tienen la potestad de tipificar las conductas infractoras y de sancionarlas.

REQUISITOS DE LAS ORDENANZAS MUNICIPALES

Como hemos adelantado, cualquier limitación que imponga una ordenanza municipal debe estar suficientemente motivada. Este es uno de los requisitos fundamentales que debe cumplir. Pero, además debe tenerse en cuenta que, una vez aprobada, para ser eficaz debe:

  1. Estar publicada de forma íntegra en BOP (Boletín Oficial de la Provincia).
  2.   Haber transcurrido el periodo de vacatio legis. En este caso de quince días desde que el Estado o Comunidad autónoma haya recibido la comunicación del acuerpo aprobatorio.

Para más información sobre las limitaciones impuestas por esta ordenanza u otros asuntos relacionados con ordenanzas de la Gerencia de Urbanismo de Sevilla, pueden contactar con Bufete Pérez Marín aquí. Recordamos que somos especialistas en Derecho administrativo y Urbanismo.

 

Calles de Sevilla objeto de la obligación de retirada de veladores antes del paso de cofradías:

Reyes Católicos

San Pablo

Cuesta del Rosario

Plaza de la Pescadería

Villegas

Francos

Placentines

Conteros

Argote de Molina (tramo entre Placentines y Alemanes)

Avenida de la Constitución

Santander

Tomás de Ibarra

Almirantazgo

Castelar

Puerta de Jerez

San Gregorio

Santo Tomás

Plaza de la Contratación

Arfe

San Diego

Jimios

Gamazo

Barcelona

Plaza del Duque

Trajano

Plaza de la Gavidia

Plaza de San Lorenzo

Angostillo

Daoiz

José Gestoso

Correduría

Feria (tramo entre Peris Mencheta y Correduría)

Plaza Cristo de Burgos

Almirante Apodaca

Jesús de las Tres Caídas

Luchana

Joaquín Guichot

LOS JUEGOS DE INVIERNO DE PYEONGCHANG SE CLAUSURAN CON VARIOS CASOS DE DOPAJE Y LA CONFIRMACIÓN DE SANCIÓN A RUSIA

Kei Saito, velocista patinador japonés, fue el primero de los deportistas sancionados por positivo en el control antidoping en los recién clausurados Juegos Olímpicos de invierno de PyeongChang.

Así lo determinó la división antidopaje del Tribunal Arbitral del Deporte (TAS), organismo encargados por segunda vez de dirimir las controversias en materia de dopaje, -tras su primera intervención al respecto en los Juegos de Río de Janeiro- que suspendió provisionalmente al deportista japonés hasta la resolución definitiva del procedimiento.

Más dolorosa fue para los protagonistas la sanción recibida por la pareja rusa de curling, ya que supuso la pérdida de la medalla de bronce ganada por la dupla mixta ante Noruega. La pareja fue descalificada y desposeída de la medalla tras el positivo en meldonium de su integrante masculino, Aleksandr Krushelnitckii, que reconoció la infracción de las reglas antidopajes. Desportista que, como el resto de atletas rusos, participaban bajo la bandera del COI como ‘Atletas Olímpicos de Rusia’ por la imposibilidad de hacerlo bajo la de Rusia precisamente por el castigo impuesto a Rusia por las reiteradas violaciones de las reglas antidopaje en el ciclo olímpico anterior.

El meldonium es un fármaco cardiovascular prohibido desde 2016, al considerarse que incrementa el rendimiento físico y mental. Alguno de los antecedentes de sanciones más sonadas por este fármaco es el de la tenista rusa Maria Sharapova, suspendida en junio de 2016 por su consumo.

Este fármaco forma parte del listado de sustancias y métodos prohibidos por la Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte, aprobado en París el pasado mes de noviembre y en vigor desde el 1 de enero de 2018.

Curioso ha sido el segundo positivo del país soviético, protagonizado por la atleta Nadezha Sergeeva, cuyo análisis reveló que tomó trimetazidina, un medicamento para el corazón prohibido por la Agencia Mundial Antidopaje (AMA). La curiosidad viene dada por el hecho de que la atleta protagonizaba una campaña anti-doping en los Juegos y lucía una sudadera con el lema “Yo no me dopo”.

El Comité Olímpico Internacional, por su parte, ha hecho pública estos días la decisión de mantener la sanción a Rusia tras la decepción producida por estos casos de dopaje, a pesar de haberse considerado levantar la suspensión.

PUBLICADO EL REGLAMENTO DE DESARROLLO DE LA LEY DE PROTECCIÓN DE LA SALUD DEL DEPORTISTA Y LUCHA CONTRA EL DOPAJE EN LA ACTIVIDAD DEPORTIVA

Hace unos días se hizo público el borrador del Real Decreto mediante el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 3/2013, de 20 de junio, de Protección de la Salud del Deportista y Lucha contra el Dopaje en la Actividad Deportiva.

El texto, que puede consultarse en la web de la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte, se hace público transcurridos nueve años desde la aprobación del Real Decreto 641/2009 de 17 de abril, por el que se regulan los procesos de control de dopaje y los laboratorios de análisis autorizados y se establecen medidas complementarias de prevención del dopaje y de protección de la salud en el deporte. Texto que sólo ha visto una pequeña modificación, operada por el Real Decreto 1744/2011 de 25 de noviembre, relativa a la franja horaria en que se realizan los controles antidoping fuera de competición.

Desde entonces y hasta la actualidad, la materia ha atravesado un proceso de sucesivas modificaciones y nuevas redacciones de normas -tanto en el plano nacional como en el internacional- que de facto han dejado a la normativa original de desarrollo ya derogada. Lo cual implica la necesidad de proceder al desarrollo reglamentario de los preceptos vigentes con el fin de dar efectividad, seguridad y protección en la aplicación de las medidas de lucha contra el dopaje, al amparo de la citada Ley Orgánica 3/2013.

Estructura y novedades en la nueva normativa antidopaje

La nueva norma, que consta de 64 artículos más disposiciones adicionales, transitorias, derogatoria y finales, se estructura en cuatro títulos: Disposiciones generales, Autorizaciones de Uso Terapéutico, Control del dopaje y Procedimiento para la imposición de sanciones disciplinarias en materia de dopaje.

Las novedades, por su parte, afectan tanto al contenido de las normas de desarrollo de la Ley orgánica 3/2013, como a la técnica normativa empleada para este desarrollo. Esta última impuesta por la necesidad de aproximarse al marco jurídico internacional de lucha contra el dopaje. Además de evitar períodos de adaptación de la normativa española que la alejen del rumbo del Derecho internacional. Algo esencial en un marco jurídico tan cambiante, en parte como consecuencia de la premura con la que se suceden avances científicos y técnicos que permiten avanzar en la persecución del dopaje.

El presente Real Decreto supone además la derogación de los Reales Decretos 641/2009, de 17 de abril, y 1744/2011 de 25 de noviembre, ambos superados por la normativa internacional en materia antidopaje.

Texto íntegro Borrador Real Decreto

EL MINISTRO DE JUSTICIA RECIBE A GUADALIURIS PARA ANALIZAR LA SITUACIÓN ACTUAL DE LA JUSTICIA EN ESPAÑA

El Ministro de Justicia, Rafael Catalá, recibió en la mañana de ayer a la agrupación Guadaliuris para analizar la situación actual de la Justicia y posibles reformas legislativas.

GUADALIURIS es una agrupación que aglutina a varios despachos profesionales de Sevilla -entre ellos Pérez Marín Abogados-, todos de reconocido prestigio en el ámbito de la prestación de servicios jurídicos tanto en nuestra ciudad como en la comunidad autónoma andaluza.

Situación de la justicia en España y posibles reformas legislativas

La reunión, en la que se ha analizado la situación actual de la justicia española, así como posibles reformas legislativas, ha servido para que el Ministro conozca de primera mano la opinión de este grupo de abogados sobre los diversos asuntos que copan la actualidad jurídica.

Además, Guadaliuris ha tenido ocasión de presentar el proyecto de la Agrupación, muy valorado por el titular de Justicia por la visión de futuro que conlleva, así como por la correspondiente

colaboración entre profesionales, intercambio de sinergias y preocupación por una sólida formación para dar las mayores garantías al justiciable.

La futura Ciudad de la Justicia y las costas judiciales

En el encuentro se han abordado diversos temas de actualidad como el de la futura Ciudad de la Justicia, necesaria por la dispersión de edificios judiciales y el mal estado de los mismos, o la posible modificación legislativa en materia de costas judiciales.

El Ministro de Justicia, por su parte, ha querido conocer de primera mano la opinión de este grupo de profesionales, intercambiar impresiones y exponer algunos de los proyectos que en materia jurídica están en marcha. Reformas como el Código de Comercio, la Ley Concursal o la Ley de Enjuiciamiento Criminal han sido algunas de las materias abordadas durante la reunión.

Desde Guadaliuris se ha valorado muy positivamente el encuentro y se ha agradecido al Ministro la disposición a atender las sugerencias y comentarios que se le han trasladado.

Para más información sobre la Agrupación de jusristas Gudaliuris, puede visitarse su página web www.guadaliuris.es

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